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Uso indebido de la luz comunitaria

Uno de los problemas más habituales que nos encontramos en las comunidades, es el uso indebido de la luz comunitaria en garajes y trasteros. Es muy habitual encontrar trasteros con conexiones eléctricas mediante enchufes instalados en trasteros bien de origen, bien puestos a posteriori por sus propietarios y usuarios. En principio esto no representa ningún problema, salvo que el consumo de esta luz dependa del cuadro general del garaje comunitario y no de la línea individual del propietario.

Estos puntos de luz, habitualmente consisten en una bombilla para iluminar el cuarto de trastos y un enchufe para trabajos muy puntuales de tornillería, taladro y lijadora en su caso, de manera que pueda quedar perfectamente instalado el trastero con sus baldas y demás soportes. ¿Pero qué hacer cuando hay personas que tienen montados en sus trasteros electrodomésticos o maquinaria de uso frecuente o continuo, cuyo consumo soportan el resto de propietarios?….

Al respecto existen varias medidas que dependerán de aspectos varios como los Estatutos de la Comunidad, las normas de Régimen Interno y por supuesto, los acuerdos alcanzados en Junta de Propietarios. Lo primero a certificar es que exista una norma que prohíba la utilización de esos puntos de luz para fines personales no autorizados (arcones, frigoríficos, deshumificadores, acumuladores de batería, maquinaria industrial, etc). En segundo lugar, dado que el problema es que el infractor nunca reconoce su situación, habrá que demostrar el uso fraudulento. Para ello lo más eficaz es hacer una lectura sobre las cajas de luz que existen habitualmente en las puertas o anexos de cada trastero. Se puede emplear un multímetro o polímetro (una pinza de electricista) para determinar si el paso de corriente es el habitual o resulta muy superior. En este último caso podríamos afirmar que en el trastero existe un consumo no autorizado.

Cuando el problema de consumo sea grave, por su repercusión en las cuentas generales, se debería realizar esta prueba con presencia de notario, para que levante acta de las lecturas y se pueda remitir posteriormente burofax al infractor, con el detalle de la lectura certificada por el notario. Si aún así no se obtienen los resultados deseados, se podrá acudir a los tribunales ordinarios de justicia, amparando la demanda con las pruebas comentadas, el burofax y las normas en que se basa la Comunidad para reclamar (Estatutos, Normas de Régimen Interno, Actas de Junta, etc.)

Además de todo lo comentado, queda otro recurso, si bien puede resultar más complejo de llevar a cabo. Se trata de bajar el amperaje del automático que regula el paso de luz a los trasteros. Al bajar el amperaje se logra limitar la entrega de potencia y por tanto cuando se ponen en funcionamiento aparatos no autorizados, se provocaría el salto del térmico, impidiendo el uso de esos aparatos. Evidentemente habría que rearmar los automáticos cada vez que esto sucediera, pero sería una solución “a las bravas” hasta que los infractores aceptaran la nueva situación.

Finalmente, podemos proponer la colocación de contadores parciales en cada trastero, y nos estamos refiriendo a contadores “de rueda”, los que van marcando el paso de Kw a modo informativo y que nada tienen que ver con los contadores de la compañía de luz, que
descartamos obviamente por ser mayor su coste que el beneficio que se pretende aquí. Esos contadores registrarían el consumo de cada trastero y se podría imputar cada “x” periodos (trimestral o anualmente por ejemplo), el coste de esos Kw al propietario que corresponda. Lo único que hay que prever es proteger bien las cajas donde se alojan esos contadores para evitar que los infractores puedan neutralizarlos o adulterar las lecturas.

Esperamos haber resultado de interés con nuestras aportaciones. Desde Fincas Q&R, en Santa Cruz de Bezana (Cantabria), estamos a vuestra disposición.